Hay varias situaciones que quedan fuera de las coberturas de un seguro de vida. Por ejemplo, el suicidio durante el primer año de vigencia del contrato, las consecuencias que se deriven de una enfermedad o accidente producido con anterioridad a la entrada en vigor del contrato y que el asegurado no hubiera declarado y las consecuencias de un acto de imprudencia temeraria o negligencia grave. También se excluyen las derivadas de la participación del asegurado en actos delictivos, competiciones o apuestas ilegales, duelos y riñas. En este último caso, se exceptúan situaciones en legítima defensa y de intento de salvamento de personas o bienes.
Asimismo, quedan excluidos los siniestros que haya provocado el asegurado por embriaguez o uso de estupefacientes o drogas no prescritas médicamente, si el fallecimiento del asegurado ha sido causado por su/s beneficiario/s y también la práctica de ciertos deportes considerados peligrosos, como el motociclismo, actividades de nieve en zonas no habilitadas o la escalada, entre otros.